Reforma en materia de Propiedad Industrial en Argentina
Con fecha 11 de enero de 2018 el Poder
Ejecutivo Nacional dictó el Decreto 27/2018 de desburocratización y
Simplificación (en adelante, el Decreto) tendiente a la readecuación de ciertos
procesos de la Administración Publica.-
En este decreto hay cambios significativos
para todas las Áreas de Propiedad Industrial, cabe mencionar que aún no ha sido
reglamentado por legislación complementaria (la cual será emitida en un futuro
cercano), ya tanto la Asociación de Agentes como la Cámara de Agentes están
participando en reuniones con los directivos del Instituto para analizar cada
punto de la reglamentación y aportar nuestra experiencia en el trabajo diario.-
Les hacemos llegar nuestros comentarios
sobre los principales cambios aplicables al procedimiento:
MARCAS:
-
Resolución administrativa de
oposiciones: El decreto prevé un mecanismo
administrativo de resolución de
controversias por oposición. En efecto, cumplido 3 meses desde la notificación
de la oposición y siempre que el solicitante no haya obtenido el retiro de la
misma, será la Dirección de Marcas quien resolverá sobre la procedencia o
rechazo de la oposición.- Este cambio es esencial en el tramite ya que tiende a
evitar judicializar la mayor cantidad de expedientes posible.- Por el momento
no ha sido determinado aún por la legislación complementaria el alcance y los
pasos de este proceso.-
-
Declaración de caducidad y nulidad administrativa de marcas: Una de las principales modificaciones a la ley de Marcas es que el
Decreto pone en manos del INPI la decisión y declaración de nulidad o caducidad
de marcas registradas.- Esto es, será la Dirección de Marcas, quien de oficio o
a pedido de parte resolverá en instancia
administrativa las nulidades o caducidades de marcas.-Sobre el punto, es
menester recordar que hasta este momento tal declaración era de competencia
exclusiva del Poder Judicial y que para ello era necesario deducir un
procedimiento judicial ordinario ante la Justicia Federal, Conforme prevé el Decreto,
las resoluciones administrativas serán susceptibles de recurso judicial dentro
de los 30 días siguientes a la notificación.
-
Caducidad parcial de marca: El
Decreto prevé la facultad de la Dirección de marcas de resolver la caducidad
parcial de una marca por falta de uso.-La
Ley de Marcas anterior no preveía la caducidad parcial de un registro marcario
y permitía al registrante sortear la declaración de caducidad siempre que la
marca hubiera sido usada durante los últimos cinco años para cualquier producto
o servicio (tuvieran o no relación con los productos o los servicios para los
cuales había sido originalmente registrada).
-
Declaración de uso de las marcas:
Cumplido el quinto año de registro de una marca, el registrante deberá
presentar una declaración jurada respecto del uso que hubiera hecho de la marca
hasta ese momento. No obstante, ante la ausencia de la reglamentación
complementaria, se desconoce aún que alcance tendría el incumplimiento de tal
declaración (que podrían ser, a modo de ejemplo: la emisión de vista por parte
del INPI, una presunción en contra del registrante, la declaración de caducidad
de oficio por parte de la Dirección de Marcas, entre otras).- Este es un punto
de vital importancia ya que hay que realizar el seguimiento de otro plazo
dentro de la vida de la marca y realizar la declaración en tiempo y forma para
evitar la caducidad del expediente.-
-
Posible sistema de multiclases: Si
bien no se expresa en detalle este punto, al analizar la redacción del art. 68
indicaría la posible adhesión al sistema de presentación de multiclase.
Hemos detallado los puntos
más importantes sobre el registro de marcas, también hay cambios fundamentales
para los trámites de: modelos y diseños industriales, patentes de invención y
modelos de utilidad, los cuales detallaremos en cada caso a los clientes de
manera particular.-
Desde enero estamos
trabajando en la implementación de las nuevas normativas que deberemos aplicar
en los próximos meses, actualizando y modificando nuestros sistemas, cargando
las nuevas fechas de vencimiento para declaración de uso y participando de
todas las reuniones sobre la materia.- Nuestro principal objetivo es brindarles
a nuestros clientes el mejor servicio para la protección de sus registros.
Los
mantendremos informados.
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